El Gobierno Nacional reglamentó las condiciones de expedición de la factura electrónica, que busca agilizar y reducir los costos de operación en la emisión y recepción de este tipo de documentos, para beneficio de las empresas del país.
Según el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones -TIC-, la factura electrónica es un documento que valida
las transacciones de compra de bienes y servicios, y facilita los
sistemas de información entre vendedores y compradores en procesos
relacionados con la facturación.
Igualmente, este proceso permite que la competitividad del país se
vea favorecida con menores costos de transacción en la economía y en un
aumento de la eficiencia en los procesos logísticos.
Según el Decreto 2242 del 2015, la DIAN dispondrá de manera gratuita
los servicios informáticos de facturación electrónica para las micro y
pequeñas empresas, a partir del año 2017, y para las grandes empresas se
hará a través de operadores habilitados y el costo es determinado por
el mercado.
¿Qué requisitos deberán seguir los proveedores tecnológicos que ofrezcan servicios de factura electrónica?
- Estar habilitado como facturador electrónico.
- Tener vigente y actualizado el RUT.
- Ser responsable del impuesto sobre las ventas y pertenecer al régimen común.
- Acreditación ISO 2001 o hacerlo dentro de los dos años siguientes a la autorización.
- Patrimonio líquido igual o superior a veinte mil (20.000) UVT y 50% de activos fijos que correspondan al patrimonio líquido. (29.753 = $ 595.060.000).
- Condiciones de operatividad tecnológica que señale la DIAN.
Los Proveedores Tecnológicos que ofrezcan servicios de factura
electrónica, previa solicitud, deberán ser autorizados por la DIAN por
periodos de 5 años, puntualizó el MinTIC.
Actualícese - 02 de febrero de 2016
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