martes, 9 de febrero de 2016

Circular Externa 00000042 - Superintendencia de Puertos y Transporte

Ampliación del plazo de reporte de los Estados Financieros año 2014 según el proceso de convergencia a NIIF GRUPO 1.



Circular Externa Nº 00000042
30-12-2015
Superintendencia de Puertos y Transporte


PARA: REPRESENTANTES LEGALES, CONTADORES Y REVISORES FISCALES, RESPONSABLES DE INFORMACIÓN FINANCIERA, QUE ESTÉN CLASIFICADOS EN EL GRUPO 1 QUE DEBEN ACOGERSE AL PROCESO DE CONVERGENCIA RESPECTO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF).

DE: SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE

ASUNTO: Ampliación del plazo de reporte de los Estados Financieros año 2014 según el proceso de convergencia a NIIF GRUPO 1.


La Superintendencia de Puertos y Transporte está facultada mediante la Ley 01 de 1991; Decretos números 101 y 1016 de 2000, modificados por el Decreto número 2741 de 2001 y lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009, para vigilar que los entes económicos bajo inspección, vigilancia o control, preparadores y profesionales de aseguramiento de información, cumplan con las normas en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información. Se permite solicitar los “Estados financieros” correspondientes a 31 de diciembre de 2014 según el proceso de convergencia a NIIF (Grupo 1).

1. Cumplimiento en el reporte de la información financiera

Mediante Circular número 04123 del 23 de diciembre de 2015 la Superintendencia de Puertos y Transporte solicitó los estados financieros a 31 de diciembre de 2014 que deben ser presentados por los preparadores de información financiera clasificados en el Grupo 1. El plazo de envío de los informes fue previsto hasta el 31 de diciembre de 2015.

2. Ampliación plazo para el envío de los informes

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de la obligación de reportar la información financiera correspondiente a los estados Financieros bajo NIIF y en virtud del apoyo de la entidad a sus vigilados, mediante la presente Circular, se amplía el plazo para el cargue de información en el Sistema VIGÍA hasta el día 29 de enero de 2016.

3. Vigencia

La presente Circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.
30 de diciembre de 2015.


El Superintendente de Puertos y Transporte,
Javier Jaramillo Ramírez.

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